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| Policía Nacional. Escala Básica |
| SITUACIÓN |
RETRIBUCIÓN |
| Convocada |
1500 € brutos mensuales aprox. |
| ORGANO |
ÁMBITO |
| Ministerio del Interior |
Nacional |
| GRUPO |
TITULACIÓN |
| C |
Graduado en Educación Secundaria Obligatorio |
| COMPETENCIAS |
Prestación eficaz de los servicios que demanda la sociedad española y para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan de lucha contra la delincuencia, como son: el refuerzo de la presencia policial en las calles, la puesta en marcha de medidas territorializadas en el nivel regional, provincial o local, la ejecución de programas específicos de lucha contra nuevas formas de delincuencia, la atención al ciudadano y la intensificación de la cooperación internacional.
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| OFERTA |
CONVOCATORIA |
| 01-04-2010() |
20-05-2010() |
| TOTAL PLAZAS |
TOTAL LIBRE |
| 369 |
369 |
| DISCAPACITADOS |
P. INTERNA |
| 0 |
0 |
| INTEGRACIÓN |
D. EXAMEN |
| 0 |
10,67 € |
| EJERCICIOS |
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Fase de Oposición:
Pruebas.- La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primera prueba (de conocimientos y psicotécnica): Constará de dos partes eliminatorias:
a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las qué sólo una es verdadera, relacionadas con el temario de la convocatoria. Los errores se penalizan conforme a la fórmula siguiente: A-(E/(n-1)), siendo "A" el número de aciertos, "E" el de errores y "n" número de alternativas de respuestas.
b) Consistirá en la realización de uno o varios test con el fin de evaluar las aptitudes del candidato para el desempeño de la función policial. La calificación de la parte a) será de cero a diez puntos. La calificación de la parte b) será de "Apto" o "No apto".
Segunda prueba ( aptitud física ): Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el anexo II de la Convocatoria.
La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminacion del aspitante.
La calificación de la prueba será la medida de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando elimnados los que den positivo al consumo de dichas sustancias.
Su ejecucuín será pública, pero no se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno por que pudiera afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y a la propia imagen de los intervinientes en la misma.
Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en el Centro de Formación a la suspensión de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en realización con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria, sin que es estos casos le sea de aplicación el límite de edad.
La incorporación al Centro de Formación se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
Tercera Prueba (Entrevista Personal): A partir del resultado de los tests de personalidad, se investigarán en el aspirante los factores de la misma que determine el Tribunal, el cual fijará la puntuación correspondiente a dichos factores.
Teniendo en cuenta el último parrafo de la base 1.1 de la convocatoria, cuando exista igualdad de puntuación correspondiente a la entrevista personal, la prelación para declarar aptos a unos y no aptos a otros en esta prueba, se llevará a cabo atendiendo a los criterios establecidos en la base 6.7.
La calificación de esta prueba será de "Apto" o "No apto".
Cuarta prueba (reconocimiento médico): Dirigida a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988, que se produce como anexo III a la presente convocatoria. El punto 2 de dicha Orden, Obesidad-delgadez, se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC). Peso: No serán aptos aquellos aspirantes, que presentando caracteristicas morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior a 18. El cálculo del índice de masa corpora se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T2, donde P es el peso desnudo en kilogramos y T la talla en metros.
La realización de esta prueba implica el consentimiento de los aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evalucón y calificación de la misma.
Para la realización de esta prueba se aplicarán a los aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina.
La calificación de esta prueba será de "Apto" o "No apto".
Ejercicio voluntario de idioma: Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema educativo genreeal en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar hasta dos puntos la nota alcanzada en la primera prueba, de los qaue superen la fase de oposición.
Los opositores optarán por el ejercicio voluntario de idioma en la solicitud de participación en el proceso.
La opción efectuada fuera de dicha solicitud no se tendrá en cuenta.
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| LUGAR DE PRESENTACIÓN |
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Lugar de realización de las pruebas.-
La primera prueba se realizarán en las ciudades siguientes: A Coruña, Albacete, Alicante, Ávila, Badajoz, Barcelona, Cádiz, Ceuta, Córdoba, Granada, Jaén, Las Palmas Gran Canaria, León, Madrid, Málaga, Melilla, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Valencia, Valladolid, Vigo y Zaragoza.
La segunda prueba en las siguientes.- Alicante, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Vigo.
A estos efectos, los opositores deberán consignar en su solicitud la sede de examen, de entre las citadas, en cada caso, en que deseen realizar las citadas pruebas, quedando vinculados por esta elección para su realización en dicha sede. Los opositores que no ejerciten la referida opción, serán adscritos a la sede de Madrid para la realización de las correspondientes pruebas.
Previo el oportuno anuncio, el Tribunal número Uno podrá añadir a las anteriores relaciones otras sedes de examen, o eliminar alguna de las indicadas, cuando así lo aconseje el número de peticionarios o razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad, asignando de oficio a los opositores a cada una de ellas.
Igualmente el Tribunal número Uno, teniendo en cuenta el número de aspirantes que superen la primera y segunda prueba, determinará la sede o las sedes de examen para la realización de la parte a) de la tercera asignando, en su caso, de oficio a los opositores a cada una de ellas.
La parte b) de la tercera prueba (entrevista personal) y la cuarta prueba (reconocimiento médico) se celebran en Madrid por los opositores que eligieron alguna de las sedes peninsulares, Ceuta o Melilla para la primera prueba, y en las sedes insulares para los que eligieron éstas para dicha prueba.
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| OBSERVACIONES |
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DESDE |
HASTA |
| LISTAS PROVISIONALES |
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